Archivo de Noticias
Cumplimiento de Ley de Tarjetas de Débito y Crédito
Los proveedores están obligados a no efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta.
La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) informa a la población que, conforme al cumplimiento de la Ley 25.065, “Ley de Tarjeta de Crédito y Débito”, el proveedor está obligado a no efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta.
En tal sentido, se informa que esta norma establece la prohibición de cobrar un recargo al abonar artículos o servicios con tarjeta de débito.
Cabe mencionar que al momento de abrir una cuenta corriente o de cheques, los bancos o cooperativas de crédito otorgan tarjetas de débito, cuya utilización está directamente asociada a la disponibilidad de dinero que el portador posee en su cuenta; a diferencia de las tarjetas de crédito que efectúan préstamo de dinero.
En caso de detectar esta irregularidad, es decir, que por compra con tarjeta de débito se le aplique una diferencia con respecto al valor establecido por pago al contado, el damnificado debe realizar la denuncia correspondiente en la sede de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), en Avenida Montevideo esquina 8, Planta Baja, de lunes a viernes de 8 a 13.30 horas; o bien al teléfono 461-2010.
Servicios Destacados